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Complemento de Comercio Exterior 2023- Factura de Exportación

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El complemento de comercio exterior es un anexo de la factura electrónica/CFDI que se comenzó a utilizar para poder identificar mejor a los importadores y exportadores y mejorar la descripción de las mercancías que se comercializan.

A pesar de que el uso de este complemento se volvió una obligación ante el SAT a partir del mes de enero del 2018, aún hay muchas dudas entre los contribuyentes.

En este blog te explicamos lo que debes saber para entender el uso del complemento de comercio exterior.

¿Quiénes están obligados a utilizar este complemento de exportación?

Los contribuyentes que realicen operaciones de exportación del tipo A1.

¿A qué exportaciones aplica la clave A1?

Ver más detalles

¿Qué información se puede incorporar en la factura del sat con  este complemento de comercio exterior?

¿Cómo hacer una factura con Complemento de Comercio Exterior?

1. Entra a tu cuenta en  www.facturama.mx

2. Crea una nueva +Factura y elige “Tipo: Factura Comercio Exterior”,  después elige o agrega los datos del cliente y la forma de pago.

3. Abajo en la sección de “Complementos” agrega los datos del complemento (Ej: clave de pedimento, Incoterm, moneda, tipo de cambio en US dólar, dirección del emisor y receptor)

4.  Selecciona el producto y agrega los datos (Ej. clave de fracción arancelaria, precio, cantidad aduana)

Ejemplo: Si tu producto son botellas de tequila de 750ml y la Unidad de Aduana solo te permite registrar por litros, necesitarás especificar la cantidad en la sección de “Cantidad Aduana” para que el valor unitario sea el correcto.

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Dudas frecuentes sobre el Complemento de Comercio Exterior del SAT

P: Sí realizó operaciones de enajenación con clave de pedimento de exportación A1 y transmito la factura con complemento ¿debo seguir declarando y transmitiendo el acuse de valor (antes comprobante de valor electrónico COVE)?

R: No, en operaciones de enajenación solo se deberá emitir la factura con complemento y el pedimento.

P: ¿La factura se deberá transmitir a Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM)?

R: Sí, se deberá transmitir la impresión del archivo XML y la representación impresa de la factura en formato PDF como un E-document a través de VUCEM.

P: ¿Qué moneda debo declarar, si empiezo a transmitir el complemento de comercio exterior de la factura?

R: La moneda a declarar es el dólar de Estados Unidos. El valor comercial del complemento no necesariamente coincidirá con el valor en dólares del pedimento por lo previsto en el artículo 56 de la Ley Aduanera.

P: ¿Qué debo declarar en el campo de nombre del destinatario y/o receptor de las mercancías del complemento?

R: En el complemento de operaciones de comercio exterior, en los campos o atributos referentes a nombre, denominación o razón social del destinatario y/o receptor de las mercancías, se deberá declarar el nombre denominación o razón social del destinatario. En caso de que sea la misma información del comprador no se deberá repetir.

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