El objetivo del Complemento Carta Porte es acreditar la posesión de los bienes y aportar los datos sobre su procedencia y destino, así como lo referente al medio a través del cual se transportan. Te invitamos a que generes este documento desde Facturama.
En México, las empresas que envían sus mercancías de un punto a otro deben estar familiarizadas con los protocolos que involucran el proceso; esto es, los documentos que avalan la propiedad y el traslado de dichas mercancías, así como el correspondiente Comprobante Fiscal.
La reciente incorporación del Complemento Carta Porte les exige estar actualizadas para el cumplimiento de este nuevo requisito fiscal y así poder continuar con sus actividades. Si aún no conoces cómo se aplicará dicho complemento de CFDI, en este artículo buscaremos aclarar tus dudas siguiendo las mismas preguntas que seguramente te estás formulando.
Es importante que la carta porte incluya datos como el tipo de carta, datos de quien transporta y envía, número de orden, datos de mercancía, gastos y tipos de transporte para que sea válida fiscalmente.
El costo del complemento de carta porte es de $1,400 IVA incluido. Es un pago único e incluye 25 folios para que los ocupes en tus facturas con o sin el complemento de carta porte. Posteriormente podrás adquirir un plan con folios ilimitados o un paquete de timbres.
Sin planes forzosos y con métodos de pago seguros:
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La intención de implementar este complemento es agilizar la supervisión de los traslados. Entre los principales beneficios del Complemento Carta Porte se encuentran:
El Complemento Carta Porte se agrega al CFDI de dos tipos, el de Ingreso o el de Traslado, según quién lo emita.
CFDI de tipo Ingreso con Complemento Carta Porte: cuando se brinda el servicio de traslado por cualquier medio de transporte; es decir, por parte de una empresa transportista contratada para tal fin. En este caso, se emite de manera previa a proporcionar el servicio.
CFDI de tipo Traslado con Complemento Carta Porte: se emite por parte del propietario o la propietaria de la mercancía cuando ésta se traslada por medios propios, incluso si se contrata a un intermediario (pero que maneja un vehículo de la empresa y no uno externo). El momento de emisión de esta factura es previa a dicho traslado.
Además de la carta porte, Facturama pone a tu disposición otros complementos de CFDI , como son:
El Complemento Carta Porte es el documento que agrega al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) los datos más importantes que conciernen a la actividad por la que se movilizan bienes. Se trata del complemento de factura adoptado por la autoridad fiscal más recientemente.
Los contribuyentes que deben dar cumplimiento a la emisión de la Carta Porte, de acuerdo con lo definido por el Servicio de Administración Tributaria, son las personas físicas y morales que requieran realizar el traslado de bienes o mercancías en territorio nacional».
La autoridad fiscal especifica que ello implica el traslado desde un sitio a otro por vía terrestre a través de las carreteras federales o bien por las vías férrea, marítima, aérea y fluvial.
Esto aplica no sólo a las compañías transportistas que prestan el servicio de envíos y cargas sino también para aquellas que movilicen por medios propios sus productos, ya sea en calidad de materias primas o como artículos terminados para su venta.
Desde el 1 de enero de 2022 es posible emitir el nuevo Complemento Carta Porte, publicado en el Portal del SAT con fecha 1 de mayo del mismo año. Si bien su incorporación a la factura es optativa inicialmente, es decir hasta el 29 de septiembre, después de esa fecha termina el periodo opcional.
A lo largo de esos 120 días naturales que brinda el SAT para permitir a las empresas adaptarse al cambio, aún es posible amparar fiscalmente el movimiento de transporte de mercancías sólo mediante el CFDI, como había sido la norma.
Esto significa que, a partir del 01 de enero de 2021, será obligatorio expedir el CFDI con Complemento Carta Porte.
Fiscalmente hablando y debido a que es un requisito de carácter mandatorio, las nuevas reglas del SAT establecen que, una vez entrando en vigor oficialmente, será imposible deducir los servicios de transporte con un CFDI de tipo Ingreso si éste no va acompañado del Complemento Carta Porte.
La Regla 2.7.1.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2021 indica que la emisión de la carta porte es de carácter obligatorio para las empresas transportistas que, mediante su representación impresa o en formato digital, pueden acreditar la tenencia y el traslado de los bienes.
La expedición de este complemento que se debe añadir al CFDI debe realizarse en los casos de traslado de mercancía en territorio nacional por cualquier vía (terrestre, férrea, marítima, aérea o fluvial).
Emitir el CFDI con carta porte de forma inmediata y sin complicaciones es posible a través de la plataforma más sencilla de facturación electrónica. Facturama te ofrece un sistema actualizado para generar tus facturas.
Pasos para generar el Complemento Carta Porte: