RESICO

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El Régimen Simplificado de Confianza (Resico) es el nuevo esquema fiscal para personas físicas dedicadas a servicios profesionales, actividades empresariales y de arrendamiento, sustituyendo al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que estuvo vigente en México de 2014 a 2021.

¿Qué es el RESICO?

El Resico es el régimen fiscal que fue creado para reemplazar al RIF, aunque con mayores ventajas para las personas físicas adheridas.

Además de la transición de la factura electrónica 3.3 a la versión 4.0 del CFDI, el paquete de Reformas Fiscales llevado a cabo por el SAT para 2022 trajo consigo este nuevo esquema de tributación.

Nueva tasa del ISR para personas físicas

La tasa de ISR para personas físicas será ahora del 1% hasta el 2.50%. Asimismo, entre las mejoras realizadas, la más importante es que permite a los contribuyentes determinar de manera más fácil el cálculo de su Impuesto Sobre la Renta.

Esto se realizará con base en el flujo de efectivo; es decir, considerando lo que efectivamente perciben las personas físicas.

Ventajas del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Con este régimen, al que pueden inscribirse hasta el 31 de enero de 2022 los sujetos antes pertenecientes al RIF, se busca facilitar el pago de impuestos a los pequeños contribuyentes, buscando además ampliar la base de contribuyentes activos del SAT al incorporar a los informales mediante reducciones en la tasa del ISR.

Adicionalmente, el SAT empleará la información de los comprobantes fiscales (CFDI) previamente emitidos en el periodo a pagar para precargar los datos que faciliten el cálculo del impuesto.

Otras de las ventajas del Resico son:

  • Reducción del pago del ISR para las personas físicas.
  • Simplifica las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
  • Integrará al sector informal a la base tributaria.
  • Brinda la certeza de una tasa fija de ISR.

¿Cuáles son las obligaciones en el Régimen de Confianza con el SAT?

Para inscribirse al Régimen Simplificado de Confianza y acceder a las nuevas tasas del ISR, las personas físicas deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

  • Inscripción ante el Registro Federal del Contribuyente.
  • Tener vigente la Firma Electrónica Avanzada y su Buzón Tributario activo.
  • Contar con comprobantes de ingresos.
  • Expedir CFDI a sus clientes por las operaciones realizadas.
  • Obtener y conservar las facturas que amparen sus gastos e inversiones.
  • Presentar sus pagos mensuales en tiempo.
  • Presentar su Declaración Anual.
  • Retener y enterar el ISR por sueldos y salarios, si es el caso.
  • No estar en la lista negra del SAT y cumplir con todas las obligaciones fiscales.
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